La Habana, 14 de julio de 2026 (ICLEP).— «Si distribuyes el boletín, la próxima llamada mía dale un beso a tu mujer en la barriga, que vas preso». Con esa frase, el agente Rodrigo, de la Seguridad del Estado, cerró el interrogatorio de más de una hora en el que amenazó con prisión a Austin Llerandi, periodista y director del medio comunitario del ICLEP Amanecer Habanero, en la estación de policía de Marianao, en La Habana, este 14 de julio, como represalia por dirigir y distribuir el boletín.
La amenaza no se detuvo en él. Durante el mismo interrogatorio, el oficial —que llevaba la última edición del boletín cargada en su teléfono— advirtió que la persecución alcanzaba a todo el equipo de periodistas de Amanecer Habanero, a quienes dijo tener «ubicados», con sus direcciones y movimientos, aunque no los nombró.
La presión venía preparándose desde el día anterior por la vía de la familia: el 13 de julio, Rodrigo se había presentado en casa del padre del periodista, Lázaro Llerandi Capote, para localizarlo y, en el interrogatorio del día de hoy, cerró su amenaza mencionando a la esposa embarazada del periodista y convirtiendo al entorno familiar en un instrumento de coacción.
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo, que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de prensa en Cuba.
Hechos documentados
El lunes 13 de julio de 2026, en horas de la mañana, un agente de la Seguridad del Estado que se identificó como Rodrigo se presentó en el domicilio de Lázaro Llerandi Capote, padre del periodista Austin Llerandi, con el propósito de localizarlo. Según relató el propio afectado al OCLE, el agente afirmó que su intención no era apresarlo y que las autoridades conocían dónde vivía, pero que no habían intervenido su vivienda por el embarazo de su esposa; le mostró en el teléfono el medio Amanecer Habanero y aseguró conocer la dirección y la frecuencia con que la pareja acudía al hospital por el embarazo.
Antes de retirarse, el agente dejó su contacto telefónico para que el padre le avisara una vez ubicado el periodista. Esa misma tarde, Llerandi informó al Observatorio que el agente lo había llamado y citado para el día siguiente, a las 11:00 de la mañana, en la estación de policía de Marianao, presentando el encuentro como una simple conversación por un «tema de seguridad».
El martes 14 de julio de 2026, durante la citación, Llerandi declaró al OCLE que el agente Rodrigo le comunicó que estaba cometiendo un «delito contra la seguridad del Estado» y le mostró un expediente de instrucción penal por delitos contra la Seguridad del Estado con su nombre y apellidos. Según su relato, fue amenazado durante más de una hora y se le advirtió que, de probarse la distribución del boletín, iría preso.
El periodista describió cómo el oficial Rodrigo mantuvo una actitud agresiva y le dijo textualmente: «Si distribuyes el boletín, la próxima llamada mía dale un beso a tu mujer en la barriga, que vas preso». Rodrigo tenía la última edición del boletín cargada en su teléfono. Los agentes afirmaron, además, tener ubicados a los periodistas del medio, con detalles de su dirección y de sus movimientos diarios, sin mencionar sus nombres, pero amenazaron a todo el equipo.
La citación coactiva, la exhibición de un expediente de instrucción penal como amenaza y la advertencia de prisión condicionada a la circulación del boletín configuran una represalia dirigida a impedir la labor informativa de un director de medio y de su equipo; no se sanciona un delito, sino el ejercicio de informar a una comunidad, extendiendo la presión al entorno familiar del periodista para quebrar su voluntad.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro, seguido de análisis, clasificación, contrastación y verificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Según la investigación realizada por el OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de prensa bajo los siguientes indicadores: las violaciones documentadas afectan tanto al director del medio como, en el mismo hecho represivo, al equipo de periodistas de Amanecer Habanero, amenazado durante el interrogatorio.
El oficial interrogó con agresividad a Llerandi durante más de una hora, lo amenazó con prisión invocando el embarazo de su esposa y extendió la amenaza a los periodistas del medio, a quienes declaró tener ubicados, para infundir temor y frenar la circulación del boletín.
Uso abusivo del poder estatal
El oficial exhibió un documento titulado «Expediente de instrucción penal por delitos contra la Seguridad del Estado» y la última edición del boletín en su teléfono, y declaró que ejercían vigilancia sobre el domicilio y los movimientos del periodista y su equipo, instrumentalizando el aparato penal y policial para censurar Amanecer Habanero.
Los agentes amenazaron al equipo de trabajo durante el interrogatorio, advirtieron que sus integrantes irían presos si se probaba la distribución del boletín y declararon tenerlos «ubicados» con detalles de su dirección y movimientos, para disuadirlos de continuar su labor informativa.
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
Constitución de la República de Cuba (2019)
-Artículo 55. Se vulnera la libertad de prensa al amenazar con prisión a un director de medio y a su equipo para impedir la distribución de su boletín comunitario.
-Artículo 54. Se vulnera la libertad de pensamiento y expresión al reprimir la difusión de información de interés comunitario.
-Artículo 48. Se vulnera el derecho a la intimidad personal y familiar al usar como coacción la vigilancia sobre el domicilio, los movimientos y el embarazo de la esposa del afectado.
Declaración Universal de Derechos Humanos
-Artículo 19. Se restringe el derecho a difundir informaciones por cualquier medio al amenazar con prisión la circulación del boletín.
-Artículo 12. Se incurre en injerencia arbitraria en la vida privada y la familia mediante la vigilancia declarada sobre el domicilio y el embarazo de la esposa.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
-Artículo 19. Se conculca la libertad de buscar y difundir información al condicionar la libertad del periodista a que cese la distribución del boletín.
-Artículo 17. Se produce una injerencia arbitraria en la vida privada y familiar al instrumentalizar la vigilancia del domicilio y del embarazo como medio de presión.
La conducta de los agentes estatales no persiguió delito alguno, sino silenciar el ejercicio legítimo de informar: al director del medio se le citó a sede policial y se le exhibió un expediente de instrucción penal para amenazarlo con prisión si el boletín seguía circulando, mientras que a los periodistas del medio se los amenazó y se les hizo saber que estaban vigilados, todo ello agravado por la injerencia en la vida privada y familiar del afectado.
Convertir la labor periodística en objeto de intimidación y penetrar en la esfera privada para doblegar la voluntad de quien informa vulnera de manera injustificable, a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos, la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la vida privada. Esta conducta constituye una violación atribuible al Estado cubano.
Llamado del OCLE
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano el cese inmediato de las amenazas de prisión y del hostigamiento contra Austin Llerandi y contra el equipo de periodistas de Amanecer Habanero, medio comunitario del ICLEP; el fin de la instrumentalización del aparato penal y policial contra el director del medio, incluida la citación y la exhibición de expedientes de instrucción penal como forma de coacción; el cese de la vigilancia sobre los periodistas del medio y sobre el entorno familiar del director, incluidos su padre y su esposa embarazada y garantías plenas para que el afectado y su equipo ejerzan su derecho a informar sin represalias.
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de la libertad de expresión, para que: den seguimiento a este caso; exijan responsabilidades al Estado cubano; y refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
